La Sociedad Militar Seguro de Vida, 117 años de servicio constante
SMSV es la sigla de Sociedad Militar «Seguro de Vida», una institución mutualista creada en 1901 con la siguiente misión: «Contribuir a mejorar la calidad de vida de todos aquellos que pertenezcan a las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad y sus familiares, por medio de los servicios mutuales que ofrecemos, a lo largo de todo el país. Con las ventajas y accesibilidad que sólo Sociedad Militar «Seguro de Vida» puede generar por el espíritu mutualista que la guía en todas sus acciones, a través de uno de los valores más importantes que posee, su personal.»
El mutualismo y la solidaridad
En la definición del Prof. Julio Olivera, la mutualidad es concebida como «una expresión concreta y orgánica de la previsión. En sus distintas formas se basa en la reciprocidad de servicios de modo que los riesgos, al repartirse sobre el mayor número de asociados, minimizan los efectos de cada uno de ellos». En el sistema mutual, la emergencia de una necesidad encuentra su respuesta en la ayuda mutua: el principio rector que moviliza hacia la satisfacción de la necesidad es la Solidaridad. Solidaridad es el fundamento del mutualismo. La creación de la Sociedad Militar «Seguro de Vida» es un buen ejemplo: a partir de la necesidad de dar respuesta a la emergencia, la organización solidaria se consolida contribuyendo a mejorar de manera permanente la calidad de vida de sus asociados (ver «SMSV Breve historia de la Institución»). En las instituciones mutuales, el aporte solidario se hace efectivo a través de la cuota social, que es aporte solidario en tanto y en cuanto no se realiza con la expectativa de recibir inmediatamente algo a cambio, sino que tiene por destino ayudar con bienes o servicios a quien los necesite: el aportante sabe que, en caso de necesitarlo, los aportes de los demás contribuirán en su oportunidad a resolver su problema.
La protección mutua, constante histórica de gran vigencia
Como institución, el mutualismo constituye el sistema social más antiguo. Tres mil años antes de Cristo, ya existían en las márgenes del Nilo sistemas de protección mutua para casos de catástrofe y se citan asociaciones de mercaderes palestinos que también en la Antigüedad se unían al efecto de proteger las caravanas y prestarse auxilio. Los ejemplos se multiplican y, ya en la Edad Media, interesa destacar emprendimientos de este tipo en España e Italia, entre otros. En el caso español, los denominados «montepíos»; el montepío era una caja que se constituía con aportes de los que practicaban el mismo oficio, para casos de invalidez y para atender las necesidades de viudas y huérfanos: fue el Gral. D. José de San Martín firme promotor de esta forma de asociación en el ámbito militar.
En Italia alcanzaron importante desarrollo las sociedades de socorros mutuos que agrupaban a trabajadores de un mismo gremio. Y también en la Argentina, el mutualismo se desarrollaría ligado al trabajo y a los sectores de menos recursos, sobre la base de la nacionalidad y la agrupación de trabajadores por gremio. Estas asociaciones no sólo permitieron atender a las necesidades de sus integrantes, sino que fueron también importante factor de cohesión social. Entre las primeras mutuales en estas tierras: la Sociedad Francesa de Socorros Mutuos (1854) y la Sociedad de Socorros Mutuos San Crispín (calzado, 1856). Estas asociaciones sin fines de lucro para promover la protección de bienes o valores individuales por medio de la ayuda colectiva del grupo son hoy en nuestro país una realidad que no se puede pasar por alto si se tienen en cuenta el elevado número de mutuales existentes y la gran cantidad de asociados que recurren a los servicios prestados por ellas: a fines del año 2006, se informó que en la Argentina existían unas 4000 mutuales activas con aproximadamente 12 millones de personas asociadas. En un escenario recorrido por los conflictos sociales causados por la desigual distribución de la riqueza, el aporte de estas asociaciones como generadoras de puestos de trabajo resulta también insoslayable.
¿Quiénes pueden ingresar?
- COMO ASOCIADOS ACTIVOS
Los Oficiales del Ejército Argentino, Armada Argentina y Fuerza Aérea Argentina (en actividad o retirados), mayores de 18 años. Asociación directa (no se requiere ser presentado por otro Asociado). Deberán presentar último recibo de haberes, Documento Nacional de Identidad y constancia del Grado. El Certificado de Haberes (Decreto 14/2012) sólo lo tendrán que presentar los Oficiales en actividad del Ejército Argentino y la Armada Argentina.
2. COMO ASOCIADOS ADHERENTES (asociación directa)
Los Oficiales y Suboficiales de Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina, Policía Federal Argentina y Servicio Penitenciario Federal (en actividad o retirados), Oficiales y Suboficiales de Policia de Seguridad Aeroportuaria y de la Policía Metropolitana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires mayores de 18 años. Deben concurrir con el último recibo de haberes, Documento Nacional de Identidad, constancia del Grado y, en el caso del personal en actividad, también el Certificado de Haberes (Decreto 14/2012).
Los Suboficiales del Ejército Argentino, Armada Argentina y Fuerza Aérea Argentina (en actividad o retirados), mayores de 18 años. Documentación requerida: último recibo de haberes, Documento Nacional de Identidad y Constancia de Grado. Adicionalmente, los Suboficiales en actividad del Ejército y la Armada Argentina, deberán presentar el Certificado de Haberes (Decreto 14/2012).
Pensionistas de los hasta aquí citados, mayores de 18 años. Es necesario aportar el último recibo de haberes y Documento Nacional de Identidad.
Los Oficiales de Reserva de las Fuerzas Armadas de la Nación, egresados de la Escuela de Defensa Nacional, Personal permanente Civil Superior de las Fuerzas Armadas de la Nación y de las Sociedades y Empresas dependientes de las mismas Personal Civil de Policia de Seguridad Aeroportuaria, Personal Jerárquico del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y el personal civil permanente de los Ministerios de Defensa y de Seguridad de la Nación. Requerido: Documento Nacional de Identidad, acreditar la condición arriba mencionada y abrir una cuenta de Ahorro Mutual en pesos, de cuyo saldo se descontará la cuota social los días 10 de cada mes. La apertura deberá realizarla mediante un depósito mínimo de pesos un mil trescientos dieciséis con diez ($ 1.316,10), importe éste que será aplicado al pago de tres cuotas sociales adelantadas.
COMO ASOCIADOS PARTICIPANTES
El cónyuge y los familiares, requieren obligatoriamente ser presentados por un Asociado Activo o Adherente, con vínculo de hasta tercer grado de parentesco (Padres – Suegros – Yernos – Nueras – Hermanos – Cuñados – Nietos – Abuelos – Sobrinos – Tíos – Bisnietos – Bisabuelos), debiendo presentar DNI y proceder a la apertura de una cuenta de Ahorro Mutual, con un depósito inicial de pesos un mil trescientos dieciséis con diez ($ 1.316,10), importe que será aplicado al pago de tres cuotas sociales adelantadas, o bien presentar constancia de CBU.
CUOTA SOCIAL
La Cuota Social abonada en forma mensual, le permite al Asociado acceder a toda la gama de servicios y beneficios que brinda nuestra Institución. Si ingresa con menos de 70 años de edad tendrá derecho a un Subsidio por fallecimiento, que ante la contingencia de su fallecimiento favorecerá a los beneficiarios designados.
El Servicio Integral de Sepelio, se brindará sin costo adicional a todos los asociados. Podrá informarse acerca de las características y condiciones del servicio en esta misma página.
Para mayor información ingrese a:
https://www.smsv.com.ar
E-mail: smsv@smsv.com.ar
asociados@smsv.com.ar
Tel: 0810-222-7678