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DIPUTADO EDUARDO CONDE: “EL CASO MALDONADO ESTA CERRADO”

Tras la difusión de las pericias sobre el cuerpo de Santiago Maldonado, el Diputado Provincial Eduardo Conde, del Bloque «Cambiemos» de la provincia del Chubut, difundió una nota de opinión que reproducidos a continuación:

 

Santiago Maldonado murió de asfixia por sumersión, ayudada por hipotermia.  La información es fruto del trabajo de 55 peritos de los más calificados, quienes arribaron a tamañas conclusiones en forma unánime, incluso los peritos de parte de la familia Maldonado, confirmando asimismo que el cuerpo no fue arrastrado ni golpeado, a la vez que permaneció en el río durante todo el tiempo de su desaparición. Santiago Maldonado se ahogó en el río Chubut al intentar cruzarlo sin saber nadar.

Luego de conocidos los resultados periciales, la familia y su abogada siguen sosteniendo la desaparición forzada seguida de muerte aduciendo que existen pruebas pendientes de producción a fin de acreditar tales extremos. El caso Maldonado a mi juicio está cerrado.

La postura del hermano y su representante legal es un verdadero despropósito que encubre motivaciones ocultas. Es un acto de tozudez extremo, que lesiona la sana crítica racional y el sentido común.

La verdad de los hechos ha quedado en evidencia y los testimonios de los sujetos movilizados son falsos, lo que habrá de ser objeto de rigurosas sanciones penales.

No existe responsabilidad alguna de Gendarmería mal que les pese a muchos. La fuerza de seguridad en cumplimiento de una orden judicial concurrió el 1º de agosto a despejar la Ruta 40 que se hallaba cortada por la protesta.

El procedimiento seguido fue el propio para estos casos, generándose una confrontación entre ambos grupos, motivo por el cual la Gendarmería tomo la decisión de perseguir a los revoltosos para aprenderlos por la conducta beligerante evidenciada, con arreglo al procedimiento instituido para el caso, ya que al no despejar la ruta frente al requerimiento expreso se configuraba la consumación del delito del artículo 194 del Código Penal, en flagrancia,  procediendo la detención de sus autores.

Con ese propósito, la Fuerza inicia la persecución de los revoltosos e ingresa al predio ocupado por el grupo mapuche, conforme las facultades otorgadas a Gendarmería por el art. 152 del Código Penal en su calidad de auxiliares de la justicia, sin que dicha conducta implique una violación al domicilio que, por otra parte, no pertenece a los ocupantes.

Maldonado dispara junto al resto de los insurrectos y decide cruzar el río sin saber nadar. Allí se configura la culpa de la víctima ya que opta por el mal mayor, al poner a conciencia en peligro su vida. El mal menor era no resistirse a la persecución y quedar eventualmente detenido por la ilegalidad de su propia conducta.

Existe en el Derecho Penal la doctrina alemana de la equivalencia de las condiciones. La misma sostiene que todos los hechos anteriores al suceso desencadenante, en este caso  la muerte de Maldonado, son causa y efecto de ese resultado y en consecuencia todos los partícipes de dichos eventos son responsables del delito de homicidio.

El ejemplo más emblemático de esta doctrina en las clases de la Facultad de Derecho, en mis años de estudiante, era el extinto delito de adulterio, que atribuía culpabilidad del ilícito penal al carpintero que construyó la cama en donde se consumó el acto.

Pareciera ser este el pensamiento de la familia y su abogada, ello así por cuanto argumentan que Maldonado muere a consecuencia de la persecución, que lo obliga a la proeza de ingresar al río sin saber nadar y finalmente se ahoga.

Con el mismo criterio también es responsable el juez que dio la orden a Gendarmería a que despejara la ruta, ya que de no haberlo dispuesto así,  el suceso no hubiera acaecido y por ende tampoco la muerte de Maldonado.

Pero también son responsables los propios insurgentes porque cortaron la ruta y si no lo hubieran hecho tampoco hubiese acontecido el trágico desenlace.
O si no hubieran corrido al río, o si no lo hubieran cruzado, también se evitaba la aventura  traumática de Maldonado.

Así las cosas, concluimos el análisis confirmando los hechos objetivos y científicos existentes al momento,  que jamás podrán ser refutados por los testimonios, que a todas luces son mendaces.

Es muy fácil incurrir en un falso testimonio. De hecho, es muy frecuente en los procesos penales. Basta con mentir, pero en este caso la mentira se derrumba con pruebas científicas y los falsos testigos responderán por su conducta, en el caso agravado por aludir a la comisión de un delito en cabeza de Gendarmería.

Ya opine sobre este asunto antes de ahora, cuando Maldonado no había sido aún localizado.

Cuestionaron enérgicamente mi postura distintas organizaciones sociales. Entre otras cosas, pedía que quienes alentaban la desaparición forzada tuvieran la grandeza de reconocer sus yerros si no fuera así. También dije que quienes verdaderamente podían saber sobre el paradero de Maldonado eran los propios revoltosos.

No tengo dudas de que sabían que Maldonado se había ahogado. La prueba elocuente es la oposición a que la Justicia ingresara al predio, como también la recusación al juez Otranto, quien había anticipado que la hipótesis más fuerte daba cuenta de la desaparición de Maldonado en el Río Chubut. Había que sacar al juez de la causa ya que estaba por el camino correcto. Aguardo expectante alguna reflexión sensata de los opositores a la realidad de los hechos, y en especial a los oportunistas.

FUENTE: Prensa Bloque «Cambiemos» de la provincia del Chubut

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