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RETIRADOS DE GENDARMERÍA: Se reitera la obligación de presentar el Formulario F 572
EN RELACIÓN A LOS BENEFICIOS OTORGADOS POR LA LEY 27346, INCREMENTOS EN LAS «DEDUCCIONES PERSONALES» Y EN LA «DEDUCCIÓN ESPECIAL», LOS CUALES ALCANZAN AL PERSONAL RETIRADO Y PENSIONADO DE LA FUERZA, SE INFORMA:
- QUE EL PRIMERO DE DICHOS INCREMENTOS BENEFICIA EXCLUSIVAMENTE AL PERSONAL DOMICILIADO EN LA ZONA PATAGÓNICA, (PROVINCIAS DE LA PAMPA; RIO NEGRO; CHUBUT; NEUQUEN; SANTA CRUZ Y A LA CIUDAD DE CARMEN DE PATAGONES, PROVINCIA DE BUENOS AIRES), Y EL SEGUNDO, A LA TOTALIDAD DEL PERSONAL RETIRADO Y PENSIONADO, CUALQUIERA FUERA SU DOMICILIO.
- QUE RESULTA NOTORIO QUE DICHO PERSONAL, EN UN PORCENTAJE SIGNIFICATIVO, NO HA TOMADO CONOCIMIENTO DE LOS BENEFICIOS ENUNCIADOS.
- QUE A FIN DE POSIBILITAR SU INSTRUMENTACIÓN Y ACCEDER A LOS MISMOS, LOS BENEFICIARIOS DEBEN PROCEDER A LA CARGA MENSUAL DE DATOS, ANTES DEL DÍA DIEZ (10) DE CADA MES, MEDIANTE EL FORMULARIO AFIP F572 WEB, OPCIÓN 5, «BENEFICIOS», A CUYO EFECTO SE ADJUNTA UN ARCHIVO EN FORMATO WORD, DESIGNADO «INSTRUCTIVO CARGA DE BENEFICIOS», CON LA FINALIDAD DE FACILITAR LA COMPRENSIÓN DEL TRÁMITE A REALIZAR.
PARA CONSULTAS Y/O ASESORAMIENTO SOBRE ASPECTOS QUE RESULTARE NECESARIO DILUCIDAR, SE SOLICITA QUE DICHO PERSONAL SE COMUNIQUE A ESTE DEDURET, AL TELÉFONO (011) 4114 – 3584, DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO 0800 – 1400.
FUENTE: SERPEGEN
El formulario 572 afip. Te da la opsion de cambiar el domicilio anterior
Es pregunta o afirmación? el domicilio es el que Ud registra ante AFIP
Buenas noches en qué nos beneficia a los retirados de la Patagonia? Gracias
Quienes está radicados en la Patagonia tienen un monto mayor a partir del cual deben pagar Ganancias. Saludos
hola cual es la deduccion especial al personal de gna en actividad durante el periodo 2017
Buenas noches quisiera consultar si la obligacion de presentacion del formulario 572 mensual continua vigente o se realiza de manera anual, de continuar con la obligacion mensual agradeceria, de ser posible, me facilite el archivo word con el instructivo de carga. Desde ya muchas gracias
La obligación de presentar el F572 se mantiene. No tengo el instructivo para hacerlo y sería conveniente que la primera vez lo haga con un Contador o un idóneo que conozca el tema. Una vez cargados los datos, se crea un borrador y cada mes Ud mismo lo puede hacer. Saludos